Por Carla Crespo y Lucía Petersen

Esta semana celebramos un año de la entrada en vigor de un marco normativo  anticorrupción más integral. A partir del 18 de julio de 2017, México reconoció la necesidad de que funcionarios públicos, empresas y personas participen de forma activa en el control de la corrupción, y que también asuman la responsabilidad que les corresponde cuando son parte de las redes de corrupción, en perjuicio de todos los ciudadanos mexicanos.

Con la promulgación de la reforma constitucional y las primeras siete leyes que dieron vida al Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), dejamos atrás un modelo en el que, en el imaginario colectivo, únicamente el sector público era  promotor y responsable del profundo problema de corrupción que aqueja al país. Sin duda, el mayor logro de esta reforma ha sido entender la corrupción como un problema sistémico, que funciona en redes en las que tanto actores del sector público, como empresas y particulares son, tanto parte del problema, como de la solución.

La corrupción funciona a partir de las redes que hacen posible sus operaciones. Veracruz, Quintana Roo, Chihuahua, Tamaulipas, Sonora, son sólo algunos de los estados en donde los gobernadores o ex gobernadores han sido acusados de formar parte de las redes de corrupción que dieron lugar a desvío de recursos, defraudación fiscal, operaciones con recursos de procedencia ilícita, entre otros. En todos estos casos se ha señalado que personas, empresas, notarios públicos, han realizado acciones que permitieron estos actos de corrupción.

Hoy los mexicanos esperamos que las instituciones responsables hagan valer las leyes que nos rigen y que con toda claridad asignen responsabilidades de carácter administrativo y penal tanto a actores del sector público, como del sector privado que han formado parte de esas redes de corrupción en el país.

Si bien es cierto que antes de las reformas existían ciertas sanciones para el sector privado, la reforma que creó el Sistema Nacional Anticorrupción y cuyo marco normativo secundario entró en vigor en 2017, equilibró las responsabilidades para que en su aplicación tuvieran un efecto inhibidor entre las empresas para evitar conductas antisociales.

Sin embargo no todo son sanciones. También la reforma contempló acciones concretas que el sector privado puede aplicar para controlar la corrupción tanto al interior, como en la interacción con otros actores. La Ley General de Responsabilidades Administrativas y el Código Penal establecen como una forma de prevención (y de atenuante en caso de que la empresa se ve a envuelta en actos de corrupción) la existencia y difusión de políticas de integridad o anticorrupción.

La existencia y difusión de políticas de integridad es una buena práctica reconocida a nivel nacional e internacional. En una política de integridad se deben considerar una serie de requisitos mínimos, como un manual de la organización en donde se definan la funciones y responsabilidades de cada una de sus áreas; un código de conducta publicado y socializado; sistemas eficaces de control, vigilancia y auditoría; y un sistemas de denuncia, tanto al interior como hacia autoridades públicas.

A partir del 18 de julio de 2017, en México tenemos una nueva tarea: verificar que se aplique el sistema de incentivos y sanciones que ahora regulan al sector privado.

En 2017, Transparencia Mexicana inició esta tarea con una iniciativa en conjunto con Mexicanos Contra la Corrupción y la Impunidad (MCCI), y en colaboración con la revista Expansión. Juntos creamos la única medición sobre integridad pública en el sector privado en México: el Índice de Integridad Corporativa 500, IC500. El ejercicio continúa y hoy ya tenemos registro de dos años sobre la existencia y publicidad de las políticas de integridad corporativa.

IC500 busca conocer la forma en la que se componen y aplican las políticas de integridad de las quinientas empresas más grandes de México. Un primer acercamiento para conocer el compromiso del sector privado en el control de la corrupción fue realizar un diagnóstico y evaluación sobre la existencia y publicidad de las políticas de integridad de las 500 empresas más importantes de México, listadas por la revista Expansión.1

Los resultados obtenidos entre 2017 y 2018 demuestran algunos avances en la publicación de ciertos puntos. Esto no se traduce forzosamente en la calidad y eficacia de la implementación de las políticas de integridad corporativa, sin embargo, es un reflejo del compromiso de las empresas en el control de la corrupción y en asumirse corresponsables de la operación de las redes de corrupción de nuestro país.

Algunos ejemplos sobre los avances registrados se refieren a la publicidad de las políticas para prevenir el lavado de dinero, que de 20.6%2 de empresas que en 2017 las hacían públicas, en 2018 son 50.4%3 de las quinientas más grandes de México.

Otro cambio destacable es la publicación de su programa anticorrupción o de integridad. El año pasado, 43.8% lo hacía público, mientras que en 2018 casi el 60% de las empresas  lo hace.

Es claro que la existencia y publicidad es sólo el primer paso de la medición de integridad corporativa. Lo siguiente es analizar cómo se aplican en las empresas esas políticas de integridad, y mantener un registro de los casos que se investigan y sancionan, de forma paralela en el sector público y privado, para desmantelar las redes de corrupción en el país.

Los próximos años queremos celebrar que México sea un país con niveles de corrupción más bajos y con mayores estándares de integridad, pública y corporativa. Sólo será posible con la participación de la sociedad civil, las empresas y el sector público.

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NOTAS:

1 Anualmente, la revista Expansión publica  un ranking en el que lista a las quinientas empresas más grandes de México, con base en la información financiera disponible. La edición 2018 de las 500 más grandes de México, fue publicada el 15 de junio.  

Los resultados de IC500 2017, pueden ser consultados en www.integridadcorporativa500.mx.

3 Los resultados generales de IC500 2018, pueden consultarse en Revista Expansión, número 1236, Junio 15, 2018. pp.192-215. Los resultados detallados serán publicados en el mes de noviembre de 2018 en la revista Expansión y en www.integridadcorporativa500.mx.

 

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