Diez buenas prácticas para asegurar un proceso de
designación de Consejeros Electorales transparente y equitativo

A la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados;
A la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados:

La Cámara de Diputados y en particular su Junta de Coordinación Política enfrentan una oportunidad histórica: construir un modelo de designación de las y los integrantes del Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) acorde a los tiempos en los que vivimos. Un proceso abierto, incluyente, paritario, que traduzca en acciones concretas los principios constitucionales que deben regir el nombramiento de las mejores mujeres y hombres para una encomienda tan importante como organizar las elecciones y fiscalizar el gasto de los partidos políticos en México.

El interés de que el proceso de designación de consejeras y consejeros sea ejemplar trasciende simpatías políticas o grupos sociales. Está en muchas de las mesas de nuestras comunidades. Es objeto de análisis y discusión entre las organizaciones sociales, civiles, académicas y empresariales.

En el ánimo de cumplir con la obligación ciudadana de participar en los asuntos públicos, un grupo diverso y plural de activistas, empresarios, académicos, y especialistas en temas electorales decidimos concentrarnos en proponer un conjunto de diez acciones que contribuyan a hacer de este proceso de selección un motivo de orgullo nacional y no una fuente más de controversia, descalificación política y erosión de nuestra democracia.

Por ello, tras un número importante de reuniones y consultas, hemos decidido compartir con la mesa directiva de la Cámara de Diputados y con la Junta de Coordinación Política de este órgano de representación ciudadana, el siguiente conjunto de propuestas:

Sobre la participación de la Cámara de Diputados Federal y la Junta de Coordinación Política en la designación de los Consejeros Electorales del INE

1. El proceso de selección de Consejeros y Consejeras del INE debe aislarse de otros cálculos político electorales. Las fuerzas políticas representadas en el Congreso deberán evitar que el proceso de designación de consejeras y consejeros del Instituto Nacional Electoral sea moneda de cambio para avanzar o aprobar otras reformas legislativas, o para negociar otros nombramientos que involucren al Congreso.
2. La Junta de Coordinación Política (JUCOPO) debe asegurarse de que la Convocatoria y la integración y designación del Comité Técnico de Evaluación cumplan con los principios de máxima publicidad, transparencia, autonomía, equidad, parlamento abierto que describe nuestro marco jurídico. Cada principio descrito por la ley deberá traducirse en mecanismos prácticos de fácil verificación por parte de la ciudadanía.
3. La JUCOPO y el pleno de la Cámara de Diputados deben garantizar la paridad de género en la integración del Comité Técnico de Evaluación, en la conformación de las cuatro quintetas de aspirantes, así como en la composición final que tendrá el Consejo General del Instituto Nacional Electoral tras la designación de estos cuatro nuevos integrantes.

Sobre la Convocatoria a los aspirantes a ser Consejeros Electorales y el compromiso de regirse por el método de parlamento abierto para el desahogo del proceso

4. En cumplimiento del compromiso asumido por la LIV Legislatura con el Parlamento Abierto, garantizar que todas las reuniones de trabajo de la Junta de Coordinación Política sobre este tema sean de carácter público y transmitidas en vivo a través de los canales digitales del Canal del Congreso o plataformas tecnológicas como Facebook Live, Periscope o equivalentes.
5. Por la composición política de la Cámara de Diputados y la existencia de un voto ponderado en la Junta de Coordinación Política, privilegiar el consenso como método para la toma de decisiones.
6. Considerar un calendario de trabajo que dé espacio suficiente al Comité Técnico para el apropiado desahogo de sus tareas (se anexa una propuesta basada en la experiencia histórica de la Cámara de Diputados en esta materia).
7. Considerar en la Convocatoria como mínimos metodológicos para el desarrollo del proceso de evaluación realizada por el Comité Técnico de Evaluación se incluyan:
a. una valoración formal sobre la conveniencia de aplicar un examen de conocimiento para los aspirantes;
b. la definición de criterios para la evaluación de la idoneidad
c. la prerrogativa de los integrantes del Comité Técnico de Evaluación de allegarse de información adicional a la contenida en el expediente presentado por el aspirante;
d. la integración de un equipo de apoyo técnico (con tareas específicas) para la evaluación de los aspirantes sin conflicto de intereses y que no forme parte del personal de la Cámara de Diputados;
e. apoyo técnico legal de la Cámara de Diputados al Comité Técnico en caso de controversias legales;
f. la utilización de cédulas de registro para los aspirantes en línea y con carácter público salvo en el caso de la CURP, el acta de nacimiento y la credencial para votar que están protegidos como datos personales;
g. la inclusión en las cédulas de registro de la autorización expresa por parte del aspirante de dar publicidad a su expediente y las evaluaciones de las que sea objeto;
h. las realización de entrevistas con un carácter público y un orden de prelación en las entrevistas sea estrictamente aleatorio;
i. la solicitud a los aspirantes considerados para las quintetas la presentación y publicación de una declaración de intereses en los términos que marca la ley;
j. la inclusión como parte de las preguntas a formular en las entrevistas de un subgrupo que formulen ciudadanos interesados o especialistas;
k. la obligación del Comité Técnico de Evaluación de rendir cuentas sobre su trabajo mediante un informe o libro blanco del proceso a más tardar 30 días naturales después de entregadas las cuatro quintetas, donde se incluyan las motivaciones y fundamentos del trabajo realizado;
l. la prohibición expresa de toda comunicación entre los aspirantes, interpósitas personas y los integrantes del Comité técnico de evaluación (como causal de descalificación).

Sobre las atribuciones y el perfil de los y las integrantes del Comité Técnico de Evaluación de los ciudadanos aspirantes a consejeros del INE

8. En cumplimiento de los principios de transparencia, máxima publicidad y parlamento abierto, la propuesta de integración de la Junta de Coordinación Política, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales (INAI) deberá estar fundada y motivada para cada una de las personas propuestas. El carácter de este documento será público. Los integrantes propuestos deberán acreditar conocimiento probado en materias vinculadas con la función electoral, que van más allá del conocimiento en derecho electoral.
9. Una vez designados, los integrantes del Comité Técnico de Evaluación deberán presentar y publicar una declaración de intereses en los términos del formato vigente para los tres poderes y órdenes de gobierno aprobado por el Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción.

Sobre la importancia de la veracidad de las declaraciones de los aspirantes del proceso

10. La integridad del proceso de selección depende en gran medida de la existencia de consecuencias claras para aquellos aspirantes a participar en el Consejo General del INE. Todas las partes involucradas (Cámara de Diputados, INAI, CNDH, Junta de Coordinación Política) deberán enfatizar que la identificación de información falsa o la omisión intencionada de información relevante para su evaluación será causal inmediata de eliminación del aspirante del proceso de selección.

Grupo redactor del Decálogo de buenas prácticas
(Tras una serie de diálogos y entrevistas con organizaciones
sociales y civiles, especialistas, académicos y empresarios)

Maité Azuela, Luis de la Barreda, Ricardo Becerra, Eduardo Bohórquez, Rosaura Cadena, Enrique Cárdenas, María Amparo Casar, Salomón Chertoriviski, Marco Fernández, Christian García R., Carlos Garza F., Cristina Gutiérrez Z., Gustavo de Hoyos, Julio Juárez, Saúl López Noriega, Javier Martín Reyes, María Marván L., Estefanía Medina, Irma Méndez de H., Rosa María Mirón, Salvador de Lara, Rodrigo Morales M., Fernando Nieto, Fabiola Navarro, Alberto Olvera, Jacqueline Peschard, Sofía Ramírez, Laura Reyna, Rossana Reguillo, Camilo Saavedra, Pedro Salazar, Guadalupe Salmorán, Arturo Sánchez, Reneé de la Torre, Manuel Vargas M.

Anexo 1.

 

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